Argumentos socialistas sobre la Constitución Europea
Autor: Carlos Carnero
Revista: Temas para el Debate nº 120
I. La primera Constitución Europea, aprobada por la Conferencia Intergubernamental el 18 de junio, sobre la base del Proyecto redactado por la Convención , representa un extraordinario paso adelante en el proceso de construcción europea que situará a la Unión , una vez en vigor, en condiciones afrontar los principales retos de futuro, incluyendo el gobierno de la globalización y la construcción de un nuevo orden internacional justo y democrático y la adecuada respuesta a las aspiraciones y necesidades individuales y colectivas de la ciudadanía europea.
II. La Constitución ha sido elaborada -a diferencia de los Tratados de la Unión adoptados hasta la fecha- a través de un método plenamente democrático y transparente como el representado por la Convención , que permitió construir un consenso básico entre estados, instituciones y corrientes políticas y garantizar la máxima participación posible de la opinión pública europea; la Conferencia Intergubernamental ha vuelto a demostrar su carácter obsoleto pero, finalmente, ha dado el visto bueno al Proyecto de la Convención en tiempo útil y sin modificar esencialmente su contenido.
III . La Constitución recupera el impulso que representó hace más de una década el Tratado de Maastricht, supera claramente las enormes insuficiencias del Tratado de Niza -que condenaba al proceso de construcción europea a la parálisis a corto plazo-, hace realidad el binomio profundización ampliación (sin el que la Unión se hubiera visto empujada a convertirse en una mera zona de libre cambio) y, en resumen, avanza decididamente hacia la culminación de la unión política, reforzando de forma tangible el contenido de la ciudadanía europea.
IV. Con la Constitución , la Unión será más democrática y más eficaz – exactamente lo que demandaban instituciones como el Parlamento Europeo y la Comisión , familias políticas como la socialista, los sindicatos (por eso la CES , incluyendo a CC.OO. y UGT en España, ya se ha pronunciado a favor), las entidades juveniles, las organizaciones de mujeres y las ONG- y representa una neta victoria política del europeísmo frente al euroescepticismo, de la Europa-construcción política versus la Europa-mercado , de la Europa-poder global relevante sobre la Europa-dependiente en el mundo, del modelo social europeo por encima de quienes propugnan su desmantelamiento. Por todo ello, la Constitución Europea es claramente una “constitución ciudadana”.
V. Para los socialistas, son aspectos especialmente positivos de la Constitución Europea , entre otros muchos, los siguientes:
• su mismo carácter constitucional (algo todavía utópico hasta hace poco tiempo), que introduce una lógica distinta a la de los sucesivos tratados internacionales en vigor desde el inicio del proceso de construcción europea,
• confirma la orientación federal de la Unión y su doble legitimidad, procedente, explícitamente, de los ciudadanos y los Estados,
• los valores y los objetivos esenciales de la Unión se sitúan en un elevado nivel de definición progresista -superior al presente un muchas constituciones de los mismos estados miembros-, incluyendo, lógicamente, la paz, la libertad, la democracia y los derechos humanos, pero también la igualdad, la igualdad entre la mujer y el hombre, la justicia, la solidaridad, la economía social de mercado, el pleno empleo, el desarrollo sostenible, la protección del medio ambiente, la no-discriminación y la erradicación de la pobreza,
• se otorga a la Unión personalidad jurídica propia -poniendo fin al limbo en el que ha vivido hasta la fecha-, desapareciendo la estructura de pilares y llevándose a cabo una importante simplificación de disposiciones legislativas (leyes europeas y leyes marco europeas) y obligatorias (sumando a las citadas leyes el reglamento y la decisión), lo que facilita su aprobación, aplicación, comprensión y control democrático,
• la Carta de Derechos Fundamentales se integra en la Constitución , dejando de ser un texto meramente proclamado para adquirir, así, carácter jurídicamente vinculante, tal y como reclamaron desde el primer momento la Convención encargada de elaborarla, el Parlamento Europeo, los socialistas y toda la sociedad civil, llenándose de esta forma de contenido el concepto de ciudadanía europea,
• las competencias de la Unión se organizan a través de un sistema flexible y progresivo, descartándose el método del catálogo rígido e incrementándose sustancialmente en los terrenos de la acción exterior y la defensa (con principios constitucionales de multilateralismo, respeto al derecho internacional, legitimidad de la ONU , solución pacífica y negociada de los conflictos, cooperación al desarrollo y defensa de los derechos humanos que conectan directamente con las aspiraciones del pueblo europeo de la paz que se opuso masiva y activamente a la Guerra de Irak), la cláusula de solidaridad mutua frente al terrorismo, el espacio de libertad, seguridad y justicia y, en cierta medida, mejorándose en lo relacionado con la Europa social (con puntos tan importantes como los valores y objetivos antes citados, el contenido de la Carta de Derechos Fundamentales, el diálogo con y el papel de los interlocutores sociales, la cláusula social horizontal a todas las políticas comunitarias o la base jurídica para poder legislar sobre los servicios públicos),
• se reafirma la centralidad del principio, el objetivo y la política de cohesión económica, social y territorial (término este último incluido por primera vez), manteniéndose el estatuto de las regiones ultraperiféricas,
• se democratiza profundamente la elaboración y la adopción de las leyes de la Unión Europea -incluido, con sus propias características, el presupuesto, del que desaparece la distinción entre gastos obligatorios y no obligatorios, otorgándose la última palabra a la Eurocámara en su aprobación- al establecerse como norma general el que corresponde hacerlo conjuntamente (procedimiento legislativo, hoy llamado codecisión) al Parlamento Europeo y al Consejo en un número de temas sustancialmente más elevado y representativo que en la actualidad,
• se extiende sensiblemente la toma de decisiones por mayoría cualificada –reduciendo, en consecuencia, la presencia de la paralizante unanimidad-, definiéndola a través del doble criterio de población y número de estados, en consonancia con la doble legitimidad de la Unión ,
• en coherencia con lo anterior, se amplían los terrenos en los que estará contemplada como posibilidad la puesta en marcha de integraciones o cooperaciones reforzadas, aumentando el papel del PE en las decisiones correspondientes a tal fin,
• se clarifica la división y el equilibrio de poderes en el seno de la Unión , a través de un legislativo bicameral formado por el Consejo -que sesionará públicamente cuando actúe en esa función- y el Parlamento Europeo (la institución que sale más reforzada con la Constitución ) y la consolidación de la Comisión Europea como «gobierno» de la Unión , aumentándose la legitimidad democrática en la elección de su Presidente y creándose figuras que, como el Presidente del Consejo Europeo y el Ministro de Asuntos Exteriores, contribuirán a la eficacia, continuidad y visibilidad de las decisiones comunitarias, sin olvidar el ensanchamiento de la capacidad de actuación del Tribunal de Justicia de la Unión ,
• se incluye el concepto de democracia participativa, se estructura el diálogo social y con la sociedad civil y se crea la figura de la iniciativa legislativa popular europea (un logro conseguido en el útlimo momento del que los socialistas españoles fuimos unos de sus primeros defensores),
• se incrementa y facilita el papel de las regiones, tanto a través de diversas disposiciones de la Constitución propiamente dicha como de los Protocolos de Subsidiariedad y de Parlamentos Nacionales,
• se aumenta la participación de los parlamentos nacionales en el proceso decisional de la Unión , sin debilitar con ello el método comunitario, pero sí reforzándolos respecto al papel jugado por los Gobiernos de los estados miembros hasta el momento, lo que significa, a la postre, un mayor control democrático y ciudadano,
• la institucionalización de la Convención como instrumento en el proceso de reforma constitucional.
VI. Como toda Constitución, la europea establece un espacio político, un ámbito de derechos, un marco jurídico y una arquitectura institucional en los que la voluntad ciudadana, expresada en las urnas, marcará en cada momento las mayorías que, en este caso, desde el Parlamento Europeo, el Consejo (formado por los gobiernos de los estados miembros) y la Comisión vayan marcando su propia aplicación y desarrollo. La Carta Magna de la Unión aprobada por la Conferencia Intergubernamental , en opinión de los socialistas, tendrá que ser aplicada y desarrollada ambiciosamente. Incluso, en su momento, reformada para perfeccionarla o profundizarla en asuntos que nos parecen especialmente relevantes, como:
• el gobierno económico, la política social y del empleo (incluyendo la adopción de unas grandes orientaciones incluyentes de todos esos vectores con la participación del PE y la modificación de las funciones estatutarias del Banco Central Europeo para hacerlas coherentes con todos los objetivos macroeconómicos),
• la utilización de la mayoría cualificada para la toma de decisiones, sin excepción, en todos los ámbitos de la Política Exterior y de Seguridad Común, la política social, la armonización fiscal y la no discriminación,
• el establecimiento de recursos propios y la adopción de las Perspectivas Financieras a través del procedimiento legislativo,
• la extensión de la ciudadanía europea a los nacionales procedentes de terceros países con residencia estable y duradera en un país miembro,
• la modificación de los procedimientos de ratificación y reforma de la Constitución , aumentando el papel del PE en los mismos y evitando la unanimidad de los estados miembros;
VII. La aprobación y entrada en vigor de la Constitución Europea es, evidentemente, la condición necesaria para su propia mejora. Su rechazo no abriría un nuevo proceso constituyente del que pudiera salir una Carta Magna perfecta, sino que cerraría la perspectiva constitucional y dejaría en pleno funcionamiento la vigente y justamente criticada norma fundamental de la UE , es decir, el Tratado de Niza, lo que perjudicaría directamente a la ciudadanía de la Unión porque embarcaría -quizás sin retorno- el proceso de construcción europea en la vía de la parálisis, estableciendo la primacía del mercado sobres los valores y objetivos del modelo social europeo, impidiendo la actuación comunitaria autónoma en la escena internacional y manteniendo el déficit democrático. Sería un verdadero desastre para los europeístas y la mayor victoria imaginable para los euroescépticos y los antieuropeos.
VIII. En la elaboración y aprobación de la Constitución Europea , el papel de los socialistas españoles ha sido fundamental. Durante la Convención , a través de sus representantes parlamentarios (en nombre del Congreso y del PE), promoviendo las tomas de posición más avanzadas; en la Conferencia Intergubernamental , desbloqueando la negociación y propiciando el acuerdo. El Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero ha hecho posible el éxito del proceso constituyente al situar de nuevo a España -tras la nefasta gestión del PP y el Ejecutivo de Aznar- entre los países motores de la construcción europea. La ciudadanía española, al dar la victoria al PSOE en las elecciones generales del 14 de marzo, votó mayoritariamente un programa electoral que contenía explícitamente la consecución de la Constitución Europea elaborada por la Convención , punto que se incluyó como prioridad en el Programa de Investidura del nuevo Presidente. En consecuencia, el Gobierno socialista -reforzado por el mandato conseguido al triunfar el PSOE en los comicios europeos del 13 de junio- trabajó y consiguió en la Conferencia Intergubernamental la adopción del Proyecto de la Convención e, incluso, su mejora en temas como la referencia a la lucha contra la violencia hacia la mujer y la presencia de las lenguas co-oficiales. Era lo que la ciudadanía había decidido en las urnas por dos veces consecutivas y encomendado hacer al Gobierno de nuestro país.
IX. España sale muy bien parada en sus intereses específicos con la Constitución aprobada en la Conferencia Intergubernamental. En primer lugar, porque ha recuperado su papel de motor europeísta en la Unión al haber sido su Gobierno socialista uno de los principales impulsotes del acuerdo sobre la Carta Magna comunitaria, lo que certifica la recuperación del papel central de España en la Unión y refuerza su capacidad negociadora en discusiones fundamentales futuras, tales como la relativa a las Perspectivas Financieras. En segundo lugar, porque asuntos tan trascendentales como el principio, la política y los objetivos de la cohesión económica, social y territorial, el estatuto de las regiones ultraperiféricas y el incremento de las competencias en el espacio de libertad, seguridad y justicia -temas todos ellos, entre otros, que nos interesan muy directamente- quedan perfectamente recogidos en el texto constitucional. Y en tercer lugar, porque la presencia institucional de nuestro país se asegura muy aceptablemente a través de la definición de la mayoría cualificada y las referencias a la Comisión y al Parlamento Europeo contenidas en la Constitución.
X. La importancia de la Constitución Europea demanda que la ciudadanía se pronuncie sobre ella en referéndum para su ratificación. El PSOE fue el primero en proponerlo, promoviendo un pronunciamiento en tal sentido del Congreso de los Diputados. El Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero cumple estrictamente su compromiso y su programa convocando la consulta. Habrá que conseguir un sí mayoritario y una masiva afluencia a las urnas, haciendo realidad lo que indican los sondeos: que más del 90% de las españolas y los españoles están de acuerdo con esta Constitución. Queremos que la ciudadanía se informe, debata y vote sí a la Carta Magna de la Unión. Todo ello con argumentos europeos y para que España sea, previsiblemente, uno de los primeros países en respaldar la Constitución de la Unión.
Carlos Carnero es eurodiputado socialista y miembro de la Comisión de Asuntos Constitucionales del PE y de la Convención Europea
