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Las inciertas perspectivas del Estatut

1 enero 2000 · Por simple

Autor: Antonio Santamaría

Revista: El Viejo Topo nº 213


Un maldito embrollo. Un asunto que, si no se conduce bien (y nada hace pensar en ello a la vista de las posiciones de partida que la clase política ha manifestado ya) puede acabar con niveles de crispación nunca alcanzados antes. Un lío que los ciudadanos, catalanes o no, no nos merecemos.

Antecedentes

La cuestión de la reforma del Estatut se remonta a las ajustadas autonómicas de octubre de 1999, las últimas de Jordi Pujol y las primeras de Pasqual Maragall. Pujol, beneficiado por la ley electoral, pudo mantenerse in extremis en el poder gracias al apoyo del PP, que exigió la renuncia de CiU a reformar la Constitución de 1978 y el Estatut de 1979 durante el mandato. Maragall vio en este pacto la gran oportunidad para desbordar a CiU en su propio terreno. Así auspició, a principios de la legislatura, la constitución en el Parlament de la Comissió d’Estudi sobre l’Autogovern que, en noviembre de 2001, presentó un documento suscrito por PSC, ICV y ERC que gira en torno a tres ejes: ampliación sustancial del autogobierno y la financiación, reconocimiento del carácter plurinacional del Estado y presencia de la Generalitat en la Unión Europea. Una propuesta que implicaba una serie de reformas constitucionales, estatutarias y de gran número de leyes orgánicas.

En principio, Pujol se mostró muy escéptico ante lo que calificó de “operación de imagen y maniobra táctica” y volvió a plantear su fórmula clásica de “lectura generosa de la Constitución.” No obstante, CiU acusó el golpe. El delfín Artur Mas se apresuró a presentar un extenso documento donde propugna que la Generalitat se convierta en administración única del Estado, mediante la aplicación del artículo 150 de la Constitución, que prevé la transferencia a las autonomías de competencias exclusivas del Estado. Ello sin necesidad de reformar ni la Constitución, ni el Estatut, aunque sí gran número de leyes orgánicas. El rechazo del PP a esta propuesta sirvió a Mas para sentirse liberado de los pactos con Aznar y aceptar el reto planteado por la izquierda en un terreno central del discurso convergente.

Coincidiendo con estos movimientos, a finales de septiembre de 2002, se celebró el cónclave de Santillana del Mar, donde Maragall obtiene, con el apoyo de José Luis Rodríguez Zapatero, luz verde para su programa de reformas en la línea de Eliseo Aja o González Casanova. Se trata de culminar en sentido federal el modelo apuntado en la Constitución de 1978, a través de una serie de reformas constitucionales, en especial la del Senado, que se convertiría en la Cámara territorial de un Estado semifederal.

El debate de Política General, celebrado en el Parlament el 3 de octubre de 2002, mostró la nueva correlación de fuerzas. CiU, con el apoyo de ERC, la abstención del PSC y el voto en contra del PP, aprobó una resolución para reformar el Estatut en la siguiente legislatura. La votación sirvió de pretexto a Mas para dar carpetazo a la Comissió d’Autogovern ante la falta de consenso entre los dos grandes partidos catalanes. CiU guardaba un as en la manga: el 22 de octubre organizó un gran acto de masas que reunió a dos mil militantes y la flor y nata de la sociedad civil catalana. Mas explicó, durante dos horas, el contenido del nuevo Estatut, que se presentaba como la Constitución interna de Catalunya , basada en el reconocimiento del carácter plurinacional del Estado y de los derechos históricos de Catalunya. Las relaciones con el Estado se planteaban en términos de soberanía compartida y bilateralidad que, en materia de financiación, se concretaban en un concierto económico semejante al vasco. Esta propuesta resulta una especie de síntesis entre el Plan Ibarretxe, en lo que concierne a la reivindicación de los derechos históricos como fuente de derecho, y a la Declaración de Barcelona, por lo que respecta la relación confederal con el Estado.

Este movimiento precipita que en las siguientes semanas todos los partidos catalanes, salvo el PP, presenten sus proyectos de Estatut. De la propuesta soberanista de ERC al federalismo de libre asociación de ICV, inspirado en sus compañeros vascos, pasando por el federalismo asimétrico del PSC. En noviembre de 2002, ERC presenta una moción que, tras ser consensuada, obtiene el apoyo de todos los grupos, excepto el PP, que les compromete a emprender la reforma del Estatut en la siguiente legislatura. Así, en las autonómicas, celebradas un año después, CiU, ERC, PSC e ICV concurrieron con sus respectivas propuestas de nuevo Estatut. En la reforma del Estatut radica justamente el nervio político del Pacte del Tinell, de diciembre de 2003, que formalizó el gobierno tripartito. De algún modo, el nuevo Estatut pondría punto final a la etapa autonomista de Pujol para inaugurar un nuevo ciclo de la política catalana.

Mientras el portavoz del PP, Eduardo Zaplana, tachó de gobierno inconstitucional al flamante ejecutivo catalán, Zapatero se implicó desde el principio con el tripartito y resistió las fuertes presiones de los sectores “españolistas” de su partido que rechazaban pactar con los independentistas de ERC y preferían una gran coalición con CiU. Prueba de ello fue su presencia en la investidura de Maragall en el balcón de la Generalitat, para escándalo de los nacionalistas, y su resistencia a las renovadas presiones para romper con ERC tras la filtración de la reunión secreta del conseller en cap Josep-Lluís Carod-Rovira con la dirección de ETA en la precampaña de las generales de marzo del 2004. En el famoso mitin de Barcelona, se comprometió a apoyar el Estatut que elaborase el Parlament. Una promesa vacía, como se observó maliciosamente desde CiU, pues entonces muy pocos creían en sus posibilidades de acceder a La Moncloa. Posteriormente se vio obligado a matizar su compromiso con dos restricciones: amplio apoyo en los parlamentos autonómicos y constitucionalidad del proyecto.

El vuelco electoral del 14-M trastocó el guión. Bajo la presidencia de Mariano Rajoy la reforma del Estatut difícilmente hubiera prosperado, convertida en un frente de batalla entre los gobiernos y los parlamentos de Madrid y Barcelona. Por el contrario, Zapatero planteó, en su sesión de investidura, un programa de reformas del Estado Autonómico en la línea de las tesis de Santillana. La reforma de los Estatutos serviría de precedente para la “reforma limitada” de la Constitución cuyo plato fuerte sería la conversión de Senado en cámara territorial. La perspectiva de la “España plural” justificó el voto afirmativo de ERC a su investidura y dio carta de naturaleza a su posición, junto a IU-IC, de socio privilegiado del PSOE en el Congreso, que necesita de sus 12 escaños para alcanzar la mayoría absoluta. En agudo contraste con Aznar, Zapatero multiplica los gestos hacia la opinión pública catalana: el ministerio de Exteriores gestiona el reconocimiento de las lenguas cooficiales en la UE, se devuelven los Papeles de Salamanca o permite el dominio cat en internet.

El PSOE confía que el PSC sabrá imponer cordura al resto de partidos catalanes para que presenten una reforma del Estatut ambiciosa, pero dentro del marco de las potencialidades federalizantes de la Constitución de 1978.

La negociación catalana

Los trabajos de la comisión parlamentaria se prolongaron durante 18 meses ante la indiferencia de la opinión pública. Tras la crisis del tres por ciento, que estuvo a punto de dar al traste con la legislatura y la reforma, el proceso entra en su recta final en el Pleno del Parlament del 28 de julio que debe pronunciarse sobre el texto elaborado por la comisión. ERC se desmarca de sus socios de gobierno y une sus votos a los de CiU para imponer el reconocimiento de los derechos históricos como fuente de derecho y el concierto económico. También ICV se alinea con CiU y ERC votando a favor del reconocimiento de los “derechos históricos” como fuente de derecho para blindar las competencias de la Generalitat. El paso dado por Iniciativa va más allá de la tradicional defensa de la doctrina leninista de la autodeterminación de las naciones y supone un punto de inflexión en la deriva nacionalista de una formación que no había recurrido a estos argumentos historicistas, extraños a las tradiciones republicanas y socialistas.

Para salvar la situación, Maragall invoca el criterio del Consell Consultiu, órgano elegido por el Parlament cuya función es revisar la constitucionalidad de la legislación catalana. El dictamen no vinculante del Consultiu del 5 de septiembre, aprobado por la mayoría formada por los miembros propuestos por PSC, PP e ICV frente a los votos particulares de los de CiU y ERC, significó un severo varapalo al proyecto, al plantear motivos de inconstitucionalidad en 19 artículos y dudas en otros 35 que afectan a aspectos esenciales del texto como la financiación, los derechos históricos o la asunción de competencias exclusivas del Estado. En efecto, el proyecto aprobado gracias a la mayoría absoluta nacionalista responde a una concepción soberanista de la “nación” investida de derechos históricos y donde el régimen de autonomía se contempla como una situación transitoria hasta lograr la plena soberanía política..

El pronunciamiento del Consultiu estuvo precedido por el comité federal del PSOE centrado en el Estatut y escenario de fuertes choques entre los socialistas catalanes y gran parte del resto de federaciones. Zapatero intervino en tono conciliador, para manifestar la posibilidad de elevar el techo de autogobierno dentro del marco constitucional, respetando los principios de solidaridad e igualdad entre los territorios del Estado español. En este sentido, reiteró su confianza en Montilla y Maragall, en su capacidad para presentar un Estatut “socialmente ambicioso, realista y constitucional” y advirtió del interés de algunos en el fracaso del proyecto, aludiendo a PP y CiU.

Por su parte, Pujol saltó a la arena política con una intervención de alto voltaje simbólico y político. No sólo se negó a asistir a los actos institucionales del Onze de Setembre, sino que aprovechó la ocasión para lanzar un órdago contra el proyecto. Eligió el mitin de las juventudes de su partido en el Fossar de les Moreres, espacio sagrado del independentismo donde están enterrados los defensores de Barcelona de 1714 y al que no asistía desde 1978. El patriarca del nacionalismo catalán dio rienda suelta a sus impulsos soberanistas, entonó su tradicional discurso victimista (“España está en deuda con Catalunya”) y se mostró muy escéptico sobre el Estatut. En línea con su partido, apostó por un texto de máximos que ya se retocaría en Madrid y manifestó que prefería un “buen” Estatut a un “nuevo” Estatut que podría volverse en contra de Catalunya. Maragall se vio obligado a replicar y en la Festa de la Rosa, que celebra anualmente el PSC, evocó las afirmaciones de Pujol en 1979, cuando aseguró que el Estatut que entonces se estaba elaborando debía “tomar como norma la Constitución, sin poner dificultades al Gobierno y a los partidos políticos españoles.”

Mientras se espera el dictamen del Consultiu, se suceden las reuniones secretas entre Maragall y Mas para salvar el proyecto. Ambos se juegan su futuro político: si CiU acaba bloqueando la reforma sería acusada de impedir una mejora sustancial del autogobierno y la financiación. Artur Mas sería el responsable de desperdiciar una oportunidad histórica por el puro interés partidista de perjudicar a Maragall y dinamitar el tripartito. También el president de la Generalitat pagaría un elevado precio si al final su proyecto estratégico acaba en un fracaso que afectaría al conjunto de la clase política, al cuestionar la imagen de unidad catalanista en defensa de los supremos intereses del país, forjada en los tiempos de la Assemblea de Catalunya.

Días después de entrevistarse con Carod, que le garantiza su apoyo a los Presupuestos Generales del Estado y la fidelidad al PSC en el tema del Estatut en base al dictamen del Consultiu, Zapatero se reúne en secreto con Mas en La Moncloa el 19 de septiembre. Sobre el contenido de este encuentro que, para muchos salvó in extremis el Estatut, existen versiones contradictorias. Desde el PSOE se asegura que Zapatero se negó a aceptar el concierto económico e insistió en la constitucionalidad del proyecto. Al principio de la larga negociación, el primer secretario del PSC y ministro de Industria, José Montilla, se había alineado con la dirección del PSOE en la inconveniencia de incluir la financiación en el Estatut, cuando existe un órgano multilateral para ello: el Consejo de Política Fiscal y Financiera. Ahora bien, CiU, apoyada por ERC, hizo de su inclusión en el texto una condición irrenunciable a la que el PSC acabó plegándose. Por su parte, CiU afirma que antes de reunirse con Zapatero, Mas y Maragall habían alcanzado un acuerdo sobre financiación -que éste niega- y que el presidente español dio luz verde para que saliese de Barcelona un texto ambicioso que ya sería revisado en Madrid. Tres días después, el 22 de septiembre, Zapatero se reúne con Mas y Maragall, en un encuentro cuyo contenido será aún más opaco si cabe que el anterior.

La financiación se alza como el último obstáculo para alcanzar el ansiado acuerdo. El miércoles 28 de septiembre se inaugura el decisivo pleno, mientras se suceden reuniones, se cruzan propuestas y contrapropuestas sobre el tema entre CiU y el PSC. Unió, por su parte, a la vista de las rebajas, aprovecha la ocasión para conseguir a última hora la modificación del laicismo en la enseñanza. Al día siguiente, Montilla se desplaza a Barcelona para supervisar el acuerdo final sobre financiación que será refrendado por la ejecutiva del PSC. Por la tarde, en una actuación sin precedentes, el president del Parlament, Ernest Benach (ERC) suspendió durante casi tres horas la sesión. Al borde del abismo, CiU, PSC, ERC e ICV suscribieron una enmienda transaccional donde se eliminan las expresiones que aluden directamente al concierto económico, pero que asume gran parte de las tesis de CiU.

La tensión largamente contenida se desbordó en alegría. Se había sorteado un temible escollo que cuestionaba la credibilidad de la clase política catalana. Al día siguiente se escenificó, como en los mejores tiempos de la Transición, la unidad de los partidos catalanes y tras la votación los diputados se alzaron para cantar Els Segadors . En un ambiente de euforia generalizada, que contrastó con las caras largas de los diputados del PP, Pujol, en su papel de patriarca, se personó en la Cámara para bendecir el Estatut y felicitar, entre nubes de fotógrafos, a Maragall y Mas: “lo habéis hecho muy bien”.

El líder de Unió, Josep-Lluís Duran i Lleida, atribuyó maliciosamente las causas del sí final del PSC al “deseo del president Maragall de que se aprobara el Estatut, fuera el que fuera su contenido. Ese deseo irrefrenable de Maragall fue el que acabó arrastrando al PSC a aceptar y aprobar un Estatut con los contenidos de CiU (…) Maragall ha forzado la velocidad del PSC aquí y también habrá complicado la situación del PSOE en España.” (La Vanguardia, 2 octubre 2005). Una opinión compartida por la dirección del PSOE, además de las duras manifestaciones públicas de Chaves, Ibarra, Bono o Simancas; según un medio afín como la Cadena SER, crece la indignación por la deslealtad de Maragall, “que va a su bola”, y por “haberles pasado el marrón” a ellos.

Tres objeciones al Estatut

La aprobación in extremis del Estatut abre un escenario complejo e incierto. Tras la votación, el president Maragall aseguró que el Estatut no sólo diseña el nuevo marco político-jurídico de relación entre Estado y Generalitat, sino que plantea un nuevo modelo de organización territorial de España.

Examinemos someramente algunos de los problemas de fondo planteados por el Estatut.

1. La primera objeción es de carácter jurídico-constitucional. Una norma de rango inferior no puede modificar otra de rango superior. Aquí radica el núcleo de la argumentación del PP. Si se quiere cambiar el modelo de Estado, primero debería abordarse la reforma de la Constitución y después, en el marco abierto por ésta, la de los Estatutos. Se trata de la misma tesis que la utilizada por el PP para rechazar el debate del Plan Ibarretxe en las Cortes en diciembre de 2004. Sin embargo, esta posición maximalista, no carente de fundamentos doctrinales, desencadenaría un choque político e institucional de imprevisibles consecuencias. El Estatut cuenta con una legítima y amplísima mayoría del Parlament, de la que no dispuso el Plan Ibarretxe, que sólo obtuvo el apoyo de los partidos nacionalistas. La campaña tremendista del PP conecta con una larga tradición anticatalanista, uno de los elementos constitutivos del nacionalismo reaccionario español, que persigue erosionar a Zapatero, el principal activo electoral del PSOE, presentándolo como un irresponsable al que para mantenerse en el poder no le importa poner en peligro la unidad de la patria. Se proyecta así la imagen del PP como el único partido verdaderamente nacional, como Aznar se encarga periódicamente de recordar .

El PP dispone de una minoría de bloqueo en las Cortes para impedir la reforma de la Constitución. Quizá esto explica el problemático camino elegido por Zapatero: primero reforma de los Estatutos, que sólo necesitan de mayoría absoluta para ser aprobados en el Congreso, y después reforma de la Constitución, que requiere de una mayoría cualificada imposible de obtener sin el concurso del PP. En este sentido, la vía catalana se presentó como una alternativa y un modelo a seguir para Euskadi, después del resultado de las últimas elecciones vascas que significaron un serio revés para el Plan del lehendakari, mientras Zapatero ha abierto la perspectiva de conversaciones con ETA para acabar con la violencia. Sin embargo, la vía catalana, más que una solución se configura pronto como otro grave problema añadido al vasco. Así, muchos interpretaron el rápido acuerdo entre PP y PSOE para reformar el Estatut valenciano como un aviso a los partidos catalanes sobre los límites de las reformas y, en dirección contraria, explica el sentido de la cláusula Camps , mediante la cual el País Valenciano se apuntaría a los mismos niveles de autogobierno que los asumidos por Cataluña.

2. La segunda objeción se centra en el contenido del proyecto. La Constitución de 1978 contiene elementos federales que, debidamente desarrollados, podrían racionalizar el funcionamiento del Estado Autonómico, que tiende a la ingobernabilidad. Sin embargo, el nuevo Estatut se acerca más a las tesis confederales de la Declaración de Barcelona que a las federalistas de Santillana. Su preámbulo, redactado por un amigo íntimo de Maragall, el filósofo y ex eurodiputado socialista Xavier Rubert de Ventós reconvertido al independentismo pragmático, nos remite a un imaginario integralmente nacionalista de la historia de Cataluña, basado en unos nebulosos derechos históricos. Una nación, en el sentido político del término, que exige su reconocimiento como tal y se reserva la facultad de elegir la forma de “interdependencia” que desee en el futuro.

En la definición de Cataluña como nación (art. 1) y en la polémica sobre el carácter uninacional o plurinacional de España se concentra el nervio ideológico de un crispado debate. Esta cuestión, como explica Jordi Solé Tura, ya fue una de las piedras de toque en la elaboración de la Constitución de 1978 y desencadenó la radical oposición de los “poderes fácticos”, vehiculados entonces por Manuel Fraga, a aceptar el término nación para Cataluña y Euskadi como proponían los partidos nacionalistas. La discusión se resolvió otorgando el carácter de nación política y “patria común e indivisible” a España, un Estado que se compone, aunque sin enumerarlas, de “nacionalidades y regiones”, en el sobreentendido que las primeras se corresponden a las tres comunidades con lengua y cultura propia que habían aprobado sus Estatutos de Autonomía en la II República (disposición transitoria segunda). También, la Constitución diferencia entre dos vías (art. 143 y 151) para acceder al autogobierno que inicialmente se reservaban a las tres nacionalidades históricas.

Los argumentos de Maragall para defender el término nación como pieza esencial del Estatut, a partir de la cual debe leerse todo el texto, pivotan sobre dos procesos que, a su juicio, han acabado por desvirtuar el espíritu original del pacto constitucional. Primero, el hecho de que las comunidades estén facultadas para considerarse nacionalidad o región ha provocado, por una suerte de nacionalismo de imitación, que en la actualidad siete comunidades se denominen nacionalidad, lo que ha devaluado el significado político del término. Segundo, los Pactos Autonómicos PP-PSOE de 1992 significaron la práctica igualación del techo competencial entre ambos tipos de autonomía y eliminaron las diferencias entre comunidades del artículo 143 y del 151.

Al principio Zapatero no rechazó de plano el término nación, siempre que de esta definición no se desprendiesen consecuencias jurídicas. Desde su entorno se propuso el término “comunidad nacional”, como una transacción entre nación y nacionalidad. Tras la gélida entrevista con Maragall, ya aprobado el Estatut, y donde ambos declinaron significativamente realizar declaraciones públicas, manifestó su voluntad de retocar el polémico artículo 1 en el sentido de seguir reservando el carácter político a la nación española y buscar una fórmula que permita reconocer la “fuerte identidad” de Catalunya. Días antes del encuentro entre ambos presidentes, el Rey se pronunció, en la jura de bandera en Zaragoza, apelando a la “indisoluble unidad de la nación española”, palabras seguidas por las declaraciones en el mismo sentido del Jefe del Estado Mayor de la Defensa, general Félix Sanz Roldán. Como en 1978, el Ejército, una de cuyas actuales funciones constitucionales radica en velar por la integridad territorial del Estado, interviene en el debate político en defensa del carácter unitario de la nación española.

La invocación de los derechos históricos como fuente de derecho para blindar competencias de la Generalitat abre otro frente ideológico. La reivindicación de los derechos históricos fue y es un planteamiento central del nacionalismo vasco y extraño al nacionalismo catalán de posguerra. La Constitución de 1978 derogó las leyes de 1839 y 1876 que abolieron los Fueros vascos y, en su disposición adicional primera, “ampara y reconoce los derechos históricos de los territorios forales” (Euskadi y Navarra), pero añade que “la actualización general de dicho régimen foral se llevará a cabo, en su caso, en el marco de la Constitución y los Estatutos de Autonomía.” Se pretendía cerrar el pleito histórico, causante de tres guerras carlistas, dar satisfacción al nacionalismo vasco y convertir los Estatutos en el marco jurídico-político donde se “actualizan” dichos derechos. Estas concesiones fueron consideradas insuficientes por el PNV y sirvieron para justificar su abstención en el referéndum de la Constitución.

El Estatuto de Gernika, en su disposición adicional única, contiene una interpretación distinta: “La aceptación del régimen de autonomía del presente Estatuto no implica la renuncia del Pueblo Vasco a los derechos históricos que le hubieran podido corresponder en virtud de su historia.” La interpretación de estas disposiciones serán cruciales en la justificación del Plan Ibarretxe y servirán de punto de partida al llamado “constitucionalismo útil” de Herrero de Miñón y el malogrado Ernest Lluch.

Por otro lado, la reforma del Estatuto de Aragón de 1996 incluyó una disposición adicional casi idéntica a la vasca, como la que figura en el proyecto de Estatut recientemente aprobado en el parlamento valenciano. En Catalunya, la cuestión de los derechos históricos no se plantea abiertamente hasta finales del 2002, cuando ERC y CiU presentan su proyectos de Estatut. Bajo el influjo del Plan Ibarretxe reivindican los derechos históricos como fundamento de la nación catalana y fuente de derecho para ampliar su nivel de autogobierno. Unas tesis recogidas en el preámbulo y las disposiciones finales del actual proyecto de Estatut.

Justamente uno de los puntos esenciales del programa de las revoluciones liberales y democráticas fue la abolición de las viejas instituciones feudales y los privilegios territoriales y estamentales del Antiguo Régimen en aras del principio de igualdad y unidad nacional. El Estado democrático se basa en el contrato o constitución elaborada por los representantes escogidos libremente por la ciudadanía; ésa es la única fuente de derecho en la modernidad frente a los antiguos derechos feudales que codificaban la desigualdad estructural de territorios y estamentos sociales. Por ello, fundamentar leyes modernas en supuestos derechos históricos implica una contradicción en los términos, difícilmente aceptable desde un punto de vista democrático. Por otro lado, todas las comunidades autónomas poseen una larga historia y la invocación de los derechos históricos puede abrir una espiral de reivindicaciones y agravios comparativos.

Por otro lado, la extensa declaración de derechos y deberes refuerza el carácter de constitución política del texto y suscita otra correosa discusión sobre una ciudadanía catalana superpuesta y paralela a la española. En el terreno de las relaciones institucionales y políticas entre Generalitat y Estado, el Estatut propugna un régimen de tipo confederal, como se desprende del vaciado de las competencias exclusivas del Estado o del carácter bilateral de las relaciones con la administración central. El modelo de financiación plantea problemas semejantes, al cuestionar la unidad del mercado y fragmentar el sistema financiero estatal.

El modelo subyacente en el Estatut es el de un pacto de carácter confederal entre las cuatro naciones históricas que conviven en el Estado español que se reservarían la facultad de decidir libremente sobre su futuro. Un enfoque que tiene poco que ver con una solución federal al problema de las nacionalidades en España. La Constitución de 1978 tampoco contiene un enfoque nítidamente federal, pues ni siquiera el Senado ejerce de cámara territorial. Por tanto, para ir hacia una solución federal debería reformarse la Constitución más allá de los límites de Zapatero, aunque como es sabido los nacionalistas son contrarios a soluciones federales por su carácter simétrico y homogeneizador. Por otro lado, la defensa del derecho a la autodeterminación forma parte de la esencia del cuerpo doctrinal de los partidos nacionalistas, al que no renunciarán bajo ninguna circunstancia. Esta reivindicación, que no se halla reconocida en el actual marco jurídico-político, se plantea directamente en el Plan Ibarretxe e implícitamente en el preámbulo del Estatut. La radical oposición del PP, compartida por ciertos sectores del PSOE, a contemplar fórmulas semejantes a la abierta por la sentencia del Tribunal Supremo de Canadá de 1998, que establece las condiciones escrupulosamente democráticas para el ejercicio de la autodeterminación del Québec, impide formular en España una salida políticamente viable en esa dirección.

3. La tercera objeción se deriva de la asunción del imaginario nacionalista como relato constitutivo de la nación que ignora la existencia de amplios sectores no nacionalistas en la sociedad catalana. De este modo, se completa el proceso metonímico iniciado por Pujol, mediante la cual una parte de la nación es tomada por el todo.

En esta línea el proyecto formaliza jurídicamente las políticas de normalización lingüística que han significado el vaciamiento del modelo de bilingüismo del Estatut de 1979, basado en el reconocimiento de dos lenguas cooficiales. Ahora se apuesta decididamente por un modelo monolingüe en todos los ámbitos de la vida pública que se fundamenta en la contraposición entre lengua propia/oficial y en una particular lectura del principio de “disponibilidad lingüística”, ambos presentes en la Ley de Normalización Lingüística de 1998. La lengua catalana deviene de facto en la única oficial del país, aunque para sortear el escollo de la inconstitucionalidad se reconoce el derecho genérico y puramente formal de la ciudadanía a emplear cualquiera de los idiomas cooficiales. Aquí, el criticado intervencionismo del texto alcanza sus más altas cotas; por ejemplo, llegando al extremo de legislar sobre la lengua del etiquetaje de los productos comerciales.

La profundización del proyecto de homogenización ideológica y cultural, que se contradice con la pluralidad lingüística e ideológica de la sociedad catalana, puede plantear diversos problemas que afectan a libertades fundamentales de la persona, cuyos derechos individuales parecen subordinarse al objetivo de la construcción nacional.

Perspectiva política incierta

La tramitación en las Cortes del Estatut tensará al máximo las contradicciones entre las direcciones del PSOE y del PSC. En la primera fase se trató de un problema de los partidos catalanes –especialmente PSC y CiU– y de su capacidad para alcanzar acuerdos. En esta segunda fase la carga recae íntegramente sobre el PSOE, dada la intransigente oposición del PP a tomar en consideración el proyecto y el papel jugado por el PSC, que traslada a los socialistas españoles la ingrata tarea de revisar el texto.

La propuesta catalana ha suscitado la viva oposición de amplios sectores de la ejecutiva del PSOE, que exigirán una lectura en profundidad del texto ante la dudosa constitucionalidad de muchos artículos. Esto provocará, como reacción, la cerrada defensa de cada línea del Estatut por parte de los partidos nacionalistas en un complejo, largo y tenso forcejeo que se prolongará durante casi un año. El escenario ideal y soñado por los nacionalistas de ambos signos, que presentarán el conflicto político en clave identitaria, como un episodio más de la lucha secular entre Catalunya y España.

En este contexto, toda la presión convergerá sobre Zapatero que se comprometió a apoyar la reforma del Estatut y que ha vuelto a avalarla con su intervención en la recta final de las negociaciones entre Maragall y Mas. Tras año y medio de gestión, el periodo de gracia de Zapatero toca a su fin. Ahora debe abordar esta espinosa cuestión en la que ha comprometido su prestigio político y personal y que pondrá a prueba la unidad de su partido. También deberá demostrar su capacidad para liderar el proceso y explicar a la ciudadanía el sentido y los objetivos finales de su programa de reformas. En este sentido, desde su entorno se ha manifestado la necesidad de modificar el Estatut en cinco puntos cruciales: sistema de financiación, unidad de mercado, definición de nación, asunción de competencias mediante la modificación unilateral de leyes orgánicas y la declaración de derechos ciudadanos. ( El País , 3/10/2005)

El PSC lo arriesga todo en el envite. Mientras la defensa del Estatut galvanizará a las bases de CiU y ERC, no ocurrirá lo mismo con amplios sectores de los votantes socialistas, muchos de los cuales se sienten más identificados con el PSOE que con el PSC, como revela la característica abstención dual catalana. El PSC corre el doble riesgo de fractura interna y de ruptura externa con el PSOE si se alinea con los partidos nacionalistas en la cerrada defensa del Estatut. Le vuelve a corresponder a Montilla un papel de mediación, pero ahora en condiciones mucho más difíciles, a la vista de la conducta de Maragall, que ha incumplido sus reiteradas promesas sobre la constitucionalidad de la reforma estatutaria. De este modo, la tramitación del Estatut puede servir para delimitar la orientación política e ideológica del PSC, tanto respecto al nacionalismo como a sus relaciones con el PSOE, después de más de dos décadas de ambigüedades y sobreentendidos. Según cómo se resuelva el pleito, pueden darse las condiciones para la formación de un partido que aglutine a la izquierda no nacionalista catalana, actualmente huérfana de representación política.

Esperemos que las pasiones nacionalistas no se desborden en la larga discusión que nos aguarda. A pesar de la enorme tensión y crispación que rodea al debate, la tramitación del Estatut puede brindar una oportunidad para bosquejar una solución democrática al problema de las nacionalidades en España que acalle el vocerío de los sectores fundamentalistas de la sociedad española y catalana que están echando leña al fuego para crear artificialmente las condiciones de un agudo conflicto identitario.